Contrato de trabajo de formación en alternancia

13.04.2022

De acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, dicho contrato tendrá por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

 


Las Palmas de Gran Canaria                                                   Albina5431@icalpa.com
Creado con Webnode Cookies
¡Crea tu página web gratis! Esta página web fue creada con Webnode. Crea tu propia web gratis hoy mismo! Comenzar