USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS COVID 19
Se ha publica en el B.O.E. la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El Gobierno ha ordenado el USO OBLIGATORIO de mascarillas.
La obligación se entenderá cumplida mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.
En cuanto a los sujetos obligados al uso de las mismas todas las personas mayores de seis años, excepto aquellas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presente alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Será obligatorio el uso de mascarilla, según la orden, EN LA VIA PUBLICA, EN ESPACIOS AL AIRE LIBRE Y EN CUALQUIER ESPACIO CERRADO DE USO PUBLICO, SIEMPRE QUE NO SEA POSIBLE MANTENER LA
DISTANCIA DE SEGURIDAD INTERPERSONAL DE AL MENOS DOS METROS.